La Justicia laboral de Rawson dictó un fallo trascendental en favor de un operario que sufrió una severa lesión en su mano mientras trabajaba en un buque pesquero, condenando a Provincia ART S.A. al pago de una suma superior a los 93 millones de pesos. La sentencia, emitida por la jueza Amorina Testino, no solo rectifica el porcentaje de incapacidad que la aseguradora pretendía imponer, sino que además cuestiona con dureza la falta de asistencia médica inmediata y la desprotección sufrida por el trabajador tras el siniestro.
El hecho que dio origen a este litigio ocurrió el 16 de febrero de 2025, en plena jornada de faena sobre la cubierta de un buque perteneciente a la empresa Costa Chubut S.A.. En aquel momento, y como consecuencia de una maniobra brusca de la embarcación, una estructura se cerró violentamente sobre la mano derecha del marinero, provocándole una fractura y un traumatismo contuso cortante en su dedo índice. Lejos de encontrar una respuesta sanitaria a la altura de las circunstancias, el trabajador denunció una total falta de asistencia médica inmediata a bordo, una situación de abandono que agravó sensiblemente su cuadro inicial.
La desatención no terminó con el regreso a tierra firme. Según consta en el expediente, la aseguradora de riesgos del trabajo evitó brindar una atención presencial y personalizada, optando en su lugar por un tratamiento a distancia consistente en 20 sesiones de kinesiología mediante videollamadas. Tras este cuestionable procedimiento, la ART le otorgó el alta médica reconociendo una incapacidad de apenas el 1,78%, basándose en la cual efectuó un pago parcial que el operario consideró insuficiente y agraviante ante la magnitud de sus secuelas.
Ante este escenario, el trabajador acudió a los tribunales de Rawson para reclamar por sus derechos. Durante el proceso judicial, la intervención de un perito médico fue determinante al constatar que el hombre padece una “limitación funcional significativa”, la cual le impide realizar una empuñadura completa o una pinza eficaz con su mano hábil. Al tratarse de tareas que requieren obligatoriamente de fuerza de prensión y destreza manual, la magistrada Amorina Testino resolvió elevar el grado de incapacidad al 11,99%, reflejando así el impacto real del daño en la vida laboral del marinero.
Finalmente, en un apartado de gran relevancia jurídica, el fallo declaró la inconstitucionalidad de normativas como el DNU 669/19, que pretendían limitar la actualización de los montos indemnizatorios frente al avance de la inflación. De esta manera, la jueza ordenó a Provincia ART S.A. el pago total de $93.429.080,59, remarcando que las prestaciones deben ser proporcionales al daño efectivamente sufrido y a la capacidad residual de quienes arriesgan su integridad en el mar
