El Consejo Federal Pesquero (CFP) tomó conocimiento del informe presentado por la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera (DNCYFP) sobre la disponibilidad de merluza común en la Reserva de Administración. Según el documento, al 26 de agosto de 2024, la reserva cuenta con un total de 9.663 toneladas de merluza común (Merluccius hubbsi) disponibles. Basándose en estos datos y en la prioridad establecida para el abastecimiento de materia prima a las plantas de procesamiento en tierra, se decidió asignar un volumen de captura a varios buques fresqueros peticionantes para el periodo anual 2024.
El informe de la DNCYFP incluye un detalle exhaustivo de las solicitudes presentadas por los buques, el consumo de sus Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), el grupo empresario al que pertenecen, y las toneladas disponibles para cada uno. Con base en esta información, el CFP decidió asignar un total de 3.540 toneladas de merluza común distribuidas entre los siguientes buques fresqueros:
- SAN JORGE MARTIR (Matrícula 02152): 240 toneladas
- SAN PASCUAL (Matrícula 0367): 150 toneladas
- SANT’ANTONIO (Matrícula 0974): 140 toneladas
- Vº MARIA INMACULADA (Matrícula 0369): 160 toneladas
- ACRUX (Matrícula 03086): 180 toneladas
- ROCIO DEL MAR (Matrícula 01568): 100 toneladas
- DESAFIO (Matrícula 0177): 80 toneladas
- DON NICOLA (Matrícula 0893): 180 toneladas
- TESON (Matrícula 01541): 180 toneladas
- GALEMAR (Matrícula 0904): 175 toneladas
- WIRON IV (Matrícula 01476): 175 toneladas
- MARCALA I (Matrícula 0352): 480 toneladas
- LEAL (Matrícula 0143): 150 toneladas
- VERAZ (Matrícula 0144): 140 toneladas
- EL MARISCO I (Matrícula 0912): 150 toneladas
- EL MARISCO II (Matrícula 0915): 200 toneladas
- SIRIUS II (Matrícula 0936): 180 toneladas
- JUPITER II (Matrícula 0406): 170 toneladas
- NONO PASCUAL (Matrícula 02854): 160 toneladas
- CANAL DE BEAGLE (Matrícula 0407): 150 toneladas
Para acceder a las toneladas asignadas, los propietarios de los buques deberán abonar el Canon de Asignación de la Reserva de Administración, conforme a los artículos 15 y 16 de la Resolución CFP N° 23/2009. Además, se recuerda que estas asignaciones también se computarán para la aplicación del artículo 13 de la misma resolución.
Finalmente, se instruyó a la Coordinación Institucional para comunicar esta decisión a la DNCYFP, con el fin de proceder al registro correspondiente y notificar a los administrados sobre los volúmenes de captura asignados, asegurando así una gestión ordenada y transparente de los recursos pesqueros disponibles en la Reserva de Administración de merluza común.