Este viernes se debatirá en la Legislatura el proyecto de ley que crea el Incentivo, Promoción y Desarrollo de la Industria Naval. Construcción y reparación de barcos, descuentos en el canon de permisos pesqueros y puntuación que servirá para eventuales renovaciones. En este informe de Redes al Mar te contamos el impacto que tendrá en el sector.
Un proyecto clave se debatirá en cinco días en la Casa de las Leyes de Chubut. La iniciativa tiene impacto en varios sectores, entre ellos en el sector pesquero que es una de las actividades de la matriz exportadora de la Provincia, junto con los hidrocarburos y el aluminio.
Se trata de una norma que tiene como objetivo incentivar, promocionar y desarrollar la industria naval.
¿Pero cuál será el impacto que tendrá en la industria pesquera?
El dossier que entrará en debate este viernes 26 en la sesión especial convocado por Legislatura, tiene varios ejes vinculados exclusivamente al sector pesquero.
Chubut cuenta con un extenso litoral marítimo en el que se encuentran asentados cuatro puertos en las localidades de Rawson, Camarones, Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia.
Todos ellos tienen una intensa actividad pesquera además de las referidas al transporte multimodal de mercaderías y también en algunos de los mencionados puertos funcionan empresas dedicadas a la reparación y mantenimiento de buques y otras actividades diversas.
“Frente a estas condiciones el desarrollo de la industria naval se coinvierte en una herramienta de gran potencialidad para utilizar la capacidad instalada en el territorio en actividades metalmecánicas, electrónicas y todas las demás necesarias para la reparación, transformación, mantenimiento y construcción de buques destinados a las actividades pesqueras, deportivas, de recreación, de remolque y todas aquellas otras embarcaciones y artefactos nasales acordes a la capacidad técnica y objetiva de este sector industrial”, remarca entre los fundamentos el proyecto de ley.
BENEFICIOS DIRECTOS PARA EL SECTOR PESQUERO
El artículo 2 inciso c del proyecto de ley promueve e incentiva el diseño, la ingeniería, la reparación, la transformación, el mantenimiento y la construcción de buques destinados a las actividades pesqueras, deportivas, de recreación, de remolcadores y todas aquellas otras embarcaciones y artefactos navales por parte de la industria naval de la Provincia del Chubut acorde a la capacidad técnica y objetiva de la misma.
Sin embargo, uno de los puntos más importantes para el sector se puede visualizar en el artículo 9 de la iniciativa elaborada por el Gobierno de Ignacio Torres.
En este punto, uno de los beneficios es la reducción del 20 % del canon por permisos pesqueros provinciales por el termino de 10 años a quienes adquieran buques construidos en astilleros de la Provincia que hayan alcanzado la promoción de la presente ley y abonen en término en canon de pesca.
A tal efecto, el permisionario deberá presentar certificado de cumplimiento de obligaciones fiscales emitido por la Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut.
Asimismo, habrá una reducción del 10 % del canon por permisos pesqueros provinciales por el término de 10 años a quienes realicen tareas de reparación o transformación en astilleros de la Provincia que hayan alcanzado la promoción de la presente ley, que representen por cada actividad el 30% del valor de buque.
La autoridad de aplicación establecerá, en acuerdo con las respectivas administraciones portuarias, porcentajes de bonificación en el canon de uso de espacios portuarios a los astilleros que se emplacen en los puertos de la provincia.
Dichos beneficios se computarán a partir de la fecha del acto administrativo emitido por la autoridad de aplicación que apruebe el proyecto.
PUNTAJE PARA BUQUES
Los buques de pesca podrán acceder a beneficios, por ejemplo, de puntaje a determinar por la autoridad de aplicación, en acuerdo con las autoridades de Pesca, para la adjudicación y renovación de permisos de pesca a los buques construidos, reparados, que realicen mantenimiento o que cumplan la Ordenanza Marítima N° 02/86 de la Prefectura Naval Argentina en las empresas del artículo 6º radicadas en la Provincia del Chubut.
En este caso, la autoridad de aplicación establecerá, en acuerdo con las respectivas administraciones portuarias, porcentajes de bonificación en el cobro de las tasas de uso portuario cuando el destino de este sea la reparación, mantenimiento y cumplimiento de la Ordenanza Marítima N° 02/86 de la Prefectura Naval Argentina.