El organismo nacional desestimó de manera unánime el recurso de reconsideración presentado por la firma pesquera, que pretendía la determinación individual de cuotas de merluza común para los buques que opera en Puerto Madryn, ratificando que tales volúmenes forman parte de una reserva administrativa sujeta a medidas judiciales vigentes.
En su más reciente sesión, el Consejo Federal Pesquero (CFP) resolvió rechazar por unanimidad el recurso de reconsideración interpuesto por Red Chamber Argentina S.A. contra lo resuelto previamente en el Acta 5/2026. La firma buscaba que el organismo detallara la asignación de Cuotas Individuales de Transferibles de Captura (CITC) de merluza común para una flota específica de buques, pero el Consejo ratificó que no es posible determinar porcentajes por unidad dado que dicha reserva, denominada «Provisión Administrativa», no fue asignada aún como CITC a ningún buque en particular. Esta decisión se fundamenta en que la integración de esta reserva obedece a situaciones especiales derivadas de medidas cautelares vigentes que impiden una asignación concreta y definitiva en este momento.
La controversia se originó a partir de una nota presentada por Red Chamber el 7 de abril de 2026, en la cual solicitaba información detallada sobre la composición, buque por buque, de la Provisión Administrativa para las unidades Cabo San Sebastián, Cabo Vírgenes, Cabo Buena Esperanza, Cabo Dos Bahías, Promarsa I, Promarsa II y Promarsa III. Ante esto, el CFP recordó que en el Acta 25/2024 ya se había establecido la asignación de CITC para el período 2025-2039 y se había integrado esta Provisión Administrativa con un cálculo preliminar para atender casos condicionados por la justicia. En este sentido, el organismo fue tajante al señalar que la relación que la empresa pretende insinuar entre la firma Alpesca S.A. y esta provisión es «inexistente», citando antecedentes del año 2018 que ya habían sido comunicados a los tribunales intervinientes.
A pesar de los argumentos de la empresa, que sostenía que el Consejo omitía su obligación de determinar los porcentuales legales para cada barco, el CFP consideró que el recurso resultaba claramente «extemporáneo». El cuerpo colegiado explicó que la impugnación de Red Chamber en realidad cuestionaba la Resolución CFP N° 11/2024, la cual fue publicada en el Boletín Oficial en diciembre de ese año, por lo que los plazos para tales reclamos ya se encuentran agotados. Además, recordaron que la instancia administrativa ya había sido cerrada con rechazos previos, indicando que la nueva petición no podía reabrir una etapa legalmente finalizada.
Finalmente, el Consejo desestimó las acusaciones de la empresa sobre una supuesta violación a la Ley 24.922. Red Chamber había argumentado que la falta de determinación individual de las cuotas derivaría en una «misión imposible» para la administración pesquera y en la supuesta ilegalidad de permitir la pesca de cuota fresquera a través de buques congeladores. Sin embargo, el CFP aclaró que la Provisión Administrativa tiene delimitados con precisión los porcentajes máximos a transferir: hasta el 3,6813% de la Captura Máxima Permisible (CMP) para buques fresqueros y hasta el 1,2538% para buques congeladores. Por lo tanto, el organismo concluyó que no existe dificultad alguna para cumplir con la normativa vigente y mantuvo la vigencia de lo actuado, notificando a la interesada a través de la Autoridad de Aplicación.
